¿Qué es la doctrina Parot y por qué fue derogada en España?

¿Qué llevó a España a cambiar drásticamente la forma en que se cumplen las penas de prisión? Descubre la controvertida doctrina Parot y su profundo impacto en el sistema judicial.

Doctrina Parot

Se le llama doctrina Parot al cambio de jurisprudencia tan importante que tuvo lugar en España a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo (STS 197/2006, de 28 de febrero de 2006) y cuyo impulsor fue Julián Artemio Sánchez Melgar. Esta doctrina argumentaba que los presos condenados a más de 30 años de prisión debían cumplir la totalidad de su pena, sin recibir beneficios penitenciarios como la redención de penas por trabajo o la libertad condicional.

Funcionaba de la siguiente manera, un preso que tenía tres penas de prisión de 30, 20 y 10 años, podría beneficiarse de una reducción de 5 años de prisión por haber realizado trabajos y buena conducta. Según la doctrina Parot, la reducción de 5 años se aplicaba sobre cada condena de forma individual, de los 30 años cumpliría 25, de los 20 años cumpliría 15, y de los 10 años cumpliría 5, siendo un total de 45 años, ese sería el tiempo de estancia en prisión.

Antes de esta normativa, se aplicaba al total de las penas acumuladas (30 + 20 + 10), por lo que, el preso cumpliría 60 años de prisión, pero como el tiempo máximo de permanencia en prisión era de 30 años, la reducción se aplicaba sobre los 30 años en lugar de sobre los 60. Por lo que la pena sería de 25 años en lugar de 45 con la doctrina Parot.

Casos famosos de la doctrina Parot

El caso más destacado fue el de Henri Parot, pero también es conocido el de Inés del Río, también miembro de ETA que fue condenada a 3.000 años de prisión por 23 delitos. La sentencia que se menciona previamente del 28 de febrero de 2006 fue el caso de Henri Parot, un miembro de ETA condenado a 4.797 años de prisión a través de 26 sentencias. El acusado solicitó que se acumularan las 26 penas impuestas en una sola, pero el TS rechazó esta petición. La sentencia concluye dando origen a la doctrina Parot y estableciendo que los beneficios penitenciarios por días de trabajo se aplicarán a cada pena individualmente y no al total de la suma de las penas.

El Tribunal Supremo se fundamentaba en una interpretación del artículo 72 del Código Penal para argumentar que cumplir la pena íntegramente era esencial para la reinserción y reeducación del condenado. Esta normativa se aplicó en España sobre todos los presos condenados a más de 30 años, independientemente del delito, lo que resultó en que muchos permanecieran en prisión mucho más tiempo del previsto originalmente. 

Después de la sentencia del Tribunal Supremo, Henri Parot interpuso un recurso extraordinario, el Alto Tribunal entendió que la forma de cumplir la condena total debía hacerse conforme al orden de la respectiva gravedad de las penas impuestas. Es decir, se debían aplicar los beneficios y redenciones que procediera respecto a cada una de las penas que se estuvieran cumpliendo de forma individual. Una vez extinguida la primera condena, se empezaría a cumplir la segunda y así sucesivamente hasta alcanzar las limitaciones establecidas en el Código Penal de 1973.

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¿Por qué fue derogada la doctrina Parot?

Fue debido a que el 21 de octubre de 2013, la integrante de ETA, Inés del Río, recurrió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). El recurso se aprobó y el TEDH anuló la jurisprudencia Parot dictaminando que violaba los principios de legalidad e irretroactividad de las leyes penales. Concluyendo que infringía tres puntos clave del Convenio Europeo de Derechos Humanos:

  • Artículo 5: Derecho a la libertad y seguridad de la persona.

  • Artículo 7: Prohibición de imponer una pena más severa que la que estaba en vigor en el momento del delito.

  • Artículo 9 de la Constitución Española: Establece la irretroactividad de las disposiciones que restringen derechos individuales.

Teniendo en cuenta estas consideraciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la doctrina Parot dejó de aplicarse en España. A partir de esa fecha se empezaron a reducir las condenas y se estableció que el tiempo máximo de permanencia en prisión es el que contempla el Código Penal. La derogación de la doctrina Parot resultó en la liberación de numerosos presos, incluyendo a muchos miembros de ETA, lo que desató un intenso debate sobre derechos humanos y retroactividad penal.

 

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