⚠️ Desde el 12 de junio de 2026, España ya no concede ni renueva autorizaciones humanitarias. La modificación es la única salida. Actúa antes de que caduque la tuya.
Cambio normativo en vigor — junio 2026

Venezolanos: tu tarjeta por RAZONES HUMANITARIAS puede convertirse en permiso de 4 años

Si tienes una tarjeta por razones humanitarias, tienes derecho a modificarla a un permiso de residencia y trabajo. Sin cotizaciones, sin contrato de empresa, sin salario mínimo y sin los requisitos habituales.

Arepa venezolana kawaii

El problema

Tu tarjeta humanitaria tiene fecha de caducidad. Y la solución ya existe.

Desde el 12 de junio de 2026, España dejó de conceder y renovar las autorizaciones de residencia por razones humanitarias. Si tienes una, no puedes simplemente renovarla como antes. La nueva normativa de junio de 2026 abre una salida clara: modificarla a un permiso de residencia y trabajo de 4 años, sin necesidad de cotizaciones ni documentos de empresa.

¿Quién puede hacer este trámite?

🇻🇪

Venezolanos con tarjeta humanitaria

La mayoría de venezolanos en España tienen este tipo de tarjeta. Es el colectivo más beneficiado por esta reforma.

💼

Con o sin trabajo activo

Puedes estar trabajando, en paro, cobrando el IMV o incluso sin haber cotizado nunca desde que tienes la tarjeta. La nueva normativa de extranjería de 2026 lo permite.

👨‍👩‍👧

Hijos menores y ancianos

La normativa de 2026 prevé vías específicas para menores de edad acompañados y para personas ancianas o dependientes, con requisitos flexibilizados.

Lo que consigues

4

Años de permiso de residencia y trabajo. Sin restricciones.

Un único trámite que te da estabilidad durante cuatro años. Trabajo por cuenta ajena o propia, en cualquier lugar de España y cualquier sector.

Trabajo sin límitesPor cuenta ajena o propia, en cualquier sector y comunidad autónoma.
🇪🇸
Cuenta para la nacionalidadSi eres latinoamericano, el tiempo sigue sumando hacia los 2 años para solicitar la nacionalidad española.
📋
Sin cotizaciones ni empresaLa nueva normativa de 2026 excepciona todos los requisitos habituales del art. 191.3. No hacen falta meses cotizados ni contrato de empresa.
✈️
Sin visado, sin salirTodo el proceso se hace desde España, sin tener que volver a tu país ni acudir al consulado.
💶
Tasas desde 10,94€La tasa de residencia (10,94€) la paga el cliente. La de trabajo (81,54€) corresponde legalmente al empleador, aunque si no la abona deberá pagarla el cliente.
🔒
Situación legal garantizadaPresentar la solicitud prorroga automáticamente tu situación legal hasta que se resuelva el trámite.
Bandera de Venezuela ondeando Franja amarilla, azul y roja con arco de 8 estrellas blancas

Cómo funciona

El proceso, paso a paso

1

Evaluamos tu caso

En una primera consulta analizamos tu situación: cuándo empezó tu tarjeta, qué documentación tienes disponible y qué vía concreta aplica a tu caso. No todos los expedientes son iguales.

Sin compromiso
2

Reunimos tu documentación

La documentación base es: pasaporte completo, TIE (tarjeta humanitaria), certificado de empadronamiento y formulario EX-26 (lo preparamos nosotros). Si tienes contrato, nóminas, vida laboral o demanda de empleo, mejor — pero no es obligatorio.

De 2 meses antes a 3 meses después de caducar
⏳ Calculando días...
3

Presentamos la solicitud

Presentamos todo de forma telemática. Recibirás el justificante oficial. Unos 15 días después, Extranjería solicita el pago de las tasas, que nosotros tramitamos y aportamos al expediente.

Nos ocupamos de todo
4

Recibes tu permiso de 4 años

Una vez resuelto, obtienes un permiso de residencia y trabajo de cuatro años, sin restricciones. Solo queda ir a la Policía Nacional para las huellas y recoger el TIE (16,08€). Y ya estás contando tiempo hacia la nacionalidad.

Permiso de 4 años vigente 🎉

Los requisitos

Qué necesitas según tu situación

✅ Documentación base — todos los casos

Lo que necesitas

  • Formulario EX-26 (lo preparamos nosotros)
  • Pasaporte completo (venezolanos: se admite caducado)
  • TIE — tarjeta de razones humanitarias vigente o recién caducada
  • Certificado de empadronamiento (menos de 3 meses)
  • Cualquier documentación de actividad suma: vida laboral, contratos, nóminas, DARDE, paro, IMV…

Gracias a la nueva normativa de 2026, se puede presentar incluso sin ninguna cotización.

➕ Documentación adicional voluntaria

Refuerza tu expediente

  • Si trabajas: contrato actual y últimas nóminas
  • Si cobraste paro: resolución del SEPE
  • Si tienes pareja con trabajo: nóminas, contrato y empadronamiento conjunto
  • Si tienes hijos menores: certificado de nacimiento apostillado, certificado escolar y empadronamiento conjunto (sin exigencia de medios económicos ni informe de vivienda)

Cuanta más documentación aportes, más sólido es el expediente. Pero ninguna es obligatoria.

Tasas
desde
10,94€

💶 La tasa de residencia (10,94€) la pagas tú.

🏢 La de trabajo (81,54€) corresponde legalmente al empleador.

⚠️ Si no tienes empleador, tendrás que abonarla tú. Es probable que debas pagar ambas.

+ 16,08€ de tasa de policía para el TIE, tras la aprobación.

Resultados reales

Venezolanos que ya lo consiguieron

★★★★★

"Llevaba dos años con la tarjeta humanitaria y no sabía qué hacer cuando me dijeron que ya no la podían renovar. Me gestionaron la modificación en semanas y ahora tengo permiso hasta 2030."

M
María G.Caracas → Madrid · Trámite en 2026
★★★★★

"Estaba en paro y pensaba que no podría hacer nada. Me explicaron que podía presentar la solicitud igualmente, sin importar las cotizaciones. Sin empresa, sin contrato nuevo. Increíble."

J
José R.Valencia · Modificación aprobada
★★★★★

"Lo mejor fue saber que mis hijos también podían regularizar su situación con la mía. La consulta me aclaró todo desde el principio."

A
Ana V.Barcelona · Familia completa regularizada

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Necesito cotizaciones o tener trabajo para hacer el trámite?+
No es necesario. Gracias a la nueva normativa de 2026, quedan excepcionados todos los requisitos habituales de cotización del art. 191.3 del Reglamento. Se puede presentar incluso sin haber trabajado desde que obtuviste la tarjeta de razones humanitarias.
¿Cuándo puedo presentar la solicitud?+
Puedes presentarla durante los dos meses previos a la caducidad de tu tarjeta, o durante los tres meses posteriores. A partir de tu segunda tarjeta, en cualquier momento. Lo importante es que mientras la solicitud esté presentada, tu situación legal queda prorrogada automáticamente.
¿Tengo que salir de España o ir al consulado?+
No. La normativa vigente desde junio de 2026 confirma que la modificación puede solicitarse sin necesidad de visado, desde España. No tienes que ir al consulado ni volver a tu país.
¿Se necesitan antecedentes penales del país de origen?+
No se exigen antecedentes del país de origen (al ser una modificación, no una solicitud inicial). Extranjería comprueba los antecedentes en España de oficio. Los antecedentes policiales no son denegación automática, pero se valoran. Una condena activa no cancelable sí puede ser motivo de denegación. Infórmanos siempre antes de presentar.
¿Cuánto tarda en resolverse?+
El plazo máximo legal es de 3 meses, pero actualmente muchas provincias están resolviendo en menos de 1 mes. Una vez aprobado, deberás acudir a la Policía Nacional para la toma de huellas y obtener el TIE (tasa de 16,08€).
¿Cuenta este permiso para solicitar la nacionalidad española?+
Sí. Si eres latinoamericano, el tiempo de residencia legal continúa contando desde tu tarjeta humanitaria. El plazo de 2 años para solicitar la nacionalidad no se interrumpe por hacer esta modificación.
¿Mis hijos menores también pueden regularizarse?+
Sí. La normativa de 2026 establece vías específicas. No se exige permanencia de 2 años, ni medios económicos, ni informe de vivienda. Solo necesitas el certificado de nacimiento apostillado, empadronamiento, pasaporte y NIE del menor. Si el otro progenitor no está en España, se requiere poder notarial. La tasa para menores es solo de residencia: 10,94€.

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