Nacionalidad Española por residencia

Si llevas un tiempo viviendo en España, seguramente te habrás planteado solicitar la Nacionalidad española. Existen varias formas de tramitar la nacionalidad, sin embargo, para los ciudadanos extranjeros que llegaron a España con una autorización de residencia u obtuvieron su permiso estando en España, la forma más habitual es a través de la residencia.

En este post nos centramos en hablar sobre el tiempo de residencia que necesitas reunir para poder solicitar la residencia.

Requisitos nacionalidad española por residencia

Para evitar que te denieguen la solicitud de nacionalidad, deberás cumplir con los requisitos que te indicamos a continuación:

  • Aportación del certificado de antecedentes penales del país de origen junto con los informes que emitan las autoridades competentes españolas.
  • Acreditación de la integración en la sociedad española con la superación de las pruebas CCSE y DELE A2 (No es obligatoria en todos los casos) administradas por el Instituto Cervantes. En las pruebas se valora el manejo del idioma junto con el conocimiento constitucional y sociocultural de España.
  • Se deberá cumplir con un tiempo de residencia legal, continuada y anterior a la solicitud de nacionalidad. Esta residencia variará en función de las circunstancias personales de la persona interesada
Nacionalidad española por residencia

Tiempo de residencia para nacionalidad española

Para poder empezar el trámite deberás cumplir con un periodo de tiempo de residencia legal que será mayor o menor en función de tu situación.

  • Para casos generales hay un plazo de 10 años de residencia.
  • Las personas refugiadas necesitan acreditar un plazo de 5 años.
  • Para los ciudadanos de países iberoamericanos, Guinea Ecuatorial o Portugal Andorra, Filipinas o de sefardíes, se deben cumplir 2 años de residencia continuada para conseguir la nacionalidad española.
  • Si te encuentras en alguno de los siguientes casos, solo necesitarás 1 año:
    • Nacido en territorio español.
    • El ciudadano que lleve un año casado con un español/a en el momento de tramitar la solicitud.
    • El viudo o viuda de español/a, siempre y cuando no existiera separación legal o de hecho.
    • El ciudadano extranjero nacido de padre, madre, abuelo/a con origen español.

A continuación, te dejamos algunos videos relacionados con el proceso de nacionalidad que pueden serte de ayuda.

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