¿Puedo modificar la tarjeta por razones humanitarias a un permiso de residencia y trabajo?

Modificar razones humanitarias

Desde el 12 de junio de 2026, España no concederá ni renovará más autorizaciones de residencia temporal por razones humanitarias de protección internacional.
Sin embargo, se ha establecido una salida legal: la modificación a un permiso de residencia y trabajo ordinario en el Régimen General.
En este artículo te contamos los requisitos para modificar según tu permiso de residencia.

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Residencias humanitarias para menores, ancianos y dependientes: prórroga, modificación y la doctrina del Tribunal Supremo

Residencias humanitarias menores ancianos dependientes

El nuevo Reglamento de Extranjería y la reforma del RD 316/2026 abren la modificación al régimen general, pero no convierten esa vía en una obligación. Para menores, ancianos y personas dependientes, la prórroga sigue siendo la respuesta jurídica correcta cuando la modificación resulta inviable.

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El proceso de asilo en España cambia radicalmente desde hoy: 4 días ya no son suficientes para entrar en el país

El proceso de asilo en España cambia radicalmente desde hoy

La Instrucción de la Subsecretaría del Interior, en vigor desde el 12 de junio de 2026, adapta el procedimiento español al Pacto Europeo de Migración y Asilo. El proceso de asilo en España cambia radicalmente: entre otras nuevas medidas, los solicitantes bloqueados en frontera podrán permanecer hasta doce semanas sin acceder a territorio español.

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¿Puedo recibir multas o sanciones si contrato un trabajador sin papeles en España?

¿Qué pasa si contrato a un trabajador sin papeles en España

Sabemos que encontrar personal cualificado y de confianza es un reto. A veces, puedes encontrarte con un trabajador ideal que, sin embargo, carece de permiso de trabajo en España. Contratarlo “en negro” puede parecer una solución temporal, pero es una decisión que te expone a consecuencias legales de enorme gravedad. Contratar a una persona sin papeles no es una falta leve; la legislación española lo considera una infracción muy grave. Si ya te enfrentas a una inspección o quieres regularizar legalmente a un trabajador, nuestros abogados expertos pueden analizar tu caso y ofrecerte una solución. ¿Sanción Administrativa (multa) o Delito Penal? Lo primero que debe entender un empleador es que existen dos niveles de responsabilidad al contratar a alguien sin permiso de trabajo: la administrativa y la penal. Sanción administrativa: Es el escenario más común. Implica multas económicas muy elevadas y otras sanciones que afectan a tu negocio. Delito penal: Ocurre en circunstancias de especial gravedad o reincidencia. Aquí, la consecuencia puede ser incluso la prisión. Analicemos cada una en detalle. Sanciones Administrativas: Las multas por contratar sin papeles El principal riesgo al que te enfrentas como empleador (ya seas empresa o particular) es la sanción administrativa, regulada en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Estas multas son económicamente disuasorias y, a menudo, se acumulan. La multa principal: Infracción “muy grave” de extranjería La Ley de Extranjería es tajante. Dar empleo a un ciudadano extranjero que no tiene la autorización de trabajo en vigor es una infracción “muy grave”. La sanción por este hecho parte de los 10.001€ y puede alcanzar los 100.000€. Es fundamental recalcar que esta multa se aplica por cada trabajador en situación irregular que tengas contratado. Sanciones adicionales (accesorias): Más allá del dinero El impacto económico no termina con la multa. La ley prevé sanciones accesorias que pueden paralizar tu negocio o actividad: Clausura del establecimiento o local por un periodo de seis meses a cinco años. Pérdida automática de ayudas y bonificaciones públicas a las que tuvieras derecho (como bonificaciones de la Seguridad Social). Prohibición de contratar o participar en licitaciones con la administración pública. No confundir: La multa por no dar de alta en la Seguridad Social Este es un error muy común. Muchos empleadores creen que es una sola multa, pero no es así. Una infracción es la de Extranjería (no tener permiso de trabajo). Otra infracción distinta es la Laboral (no tener contrato y no estar dado de alta en la Seguridad Social). Esta segunda infracción (no dar de alta) también se considera muy grave y conlleva su propia multa, que puede oscilar entre los 3.750€ y los 12.000€, acumulándose a la sanción de extranjería. ¿Cuándo se convierte en un delito contratar sin papeles? La situación pasa de ser una multa administrativa a un delito penal cuando se aplica el Artículo 311 del Código Penal. Esto ocurre si: Contratas a varios trabajadores sin papeles de forma simultánea o reiterada. Las condiciones de trabajo son abusivas o vulneran sus derechos básicos (no pagar el salario, jornadas extenuantes, condiciones insalubres, etc.). Se emplea a menores de edad. En estos casos, el empleador se enfrenta a un delito contra los derechos de los trabajadores, que puede acarrear penas de prisión de seis meses a seis años ¿Te encuentras en esta situación? Si te encuentras en una situación de esta gravedad, necesitarás la asistencia inmediata de un abogado penalista. ¡Contáctanos! ¿Qué ocurre con el trabajador? (aunque esté irregular, tiene derechos) Es fundamental entender que la situación irregular del trabajador no anula sus derechos laborales básicos. Aunque no tenga papeles, el trabajador tiene pleno derecho a: Recibir el salario correspondiente por el trabajo ya realizado. Recibir una indemnización por despido (que se considerará improcedente) si decides terminar la relación laboral. La ley protege al trabajador, considerando que el empleador es la parte fuerte de la relación y el único responsable de verificar la legalidad de la contratación. De hecho, existen muchos más amparos. Puedes conocerlos todos en nuestra guía completa sobre los derechos de un trabajador sin papeles en España. La solución legal: Cómo contratar a un extranjero (incluso si está en España sin papeles) Después de ver las graves consecuencias, queda claro que contratar “en negro” no es una opción viable ni ética. La única vía correcta y segura es la regularización. Si quieres contar con ese trabajador, la solución es ayudarle a conseguir su permiso de residencia y trabajo. El “precontrato”: La herramienta para regularizar Aquí es donde entra en juego el “precontrato” o “contrato inicial”. No es un contrato de trabajo definitivo, sino una oferta de empleo formal firmada por el empleador (la empresa o el autónomo). Este documento es la pieza clave que el trabajador extranjero necesita para solicitar su autorización de residencia en la Oficina de Extranjería, demostrando que tiene una oferta de trabajo viable y estable en España. Vía 1: Regularización por arraigo social (si el trabajador ya está en España) Esta es la vía más común si el trabajador ya se encuentra en España. Si demuestra que lleva al menos 3 años en el país (demostrado con el empadronamiento) y presenta tu precontrato (una oferta de trabajo de al menos 30 horas semanales y salario mínimo), puede solicitar el Arraigo Social. Es la forma más efectiva de regularizar a alguien que ya forma parte de tu equipo o comunidad. Vía 2: Contratación en origen (Si el trabajador está fuera de España) Si el trabajador que quieres contratar aún reside en su país de origen, el procedimiento es la contratación en origen. Es un trámite donde la empresa debe solicitar una autorización de residencia y trabajo inicial, demostrando que no encuentra candidatos para ese puesto en España (lo que se conoce como la “situación nacional de empleo”). Una vez aprobada, el trabajador obtiene su visado para venir a España y empezar a trabajar legalmente desde el primer día. Evita sanciones: Asesoría experta para empleadores ¿Te enfrentas a una Inspección de Trabajo? ¿Quieres contratar legalmente a

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Diferencias entre el Arraigo Sociolaboral, Social y Laboral 2025

Diferencias Arraigo Sociolaboral vs. Social 2025

Con la aprobación del nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), el mapa de opciones para regularizar tu situación en España ha cambiado radicalmente. Si antes tenías claro qué era el “Arraigo Social”, es probable que ahora tengas dudas. ¿Debo pedir el nuevo Arraigo Sociolaboral? ¿Sigue existiendo el Arraigo Social? ¿Qué pasa con el Laboral? En Elex Jurídico queremos despejar tus dudas. La gran noticia es que los tiempos de espera se han reducido a 2 años en la mayoría de casos, pero es crucial elegir la vía correcta. Si quieres entender primero el concepto general y todas las ventajas de esta reforma, te recomendamos leer nuestra Guía completa sobre el Nuevo Arraigo Sociolaboral 2025 en España antes de ver las diferencias.” ¿Qué es el nuevo Arraigo Sociolaboral? (La vía del contrato) El Arraigo Sociolaboral es la gran novedad del 2025 y nace para sustituir al antiguo “Arraigo Social con contrato”. Es la vía prioritaria para aquellas personas extranjeras que han conseguido una oferta de empleo. Sus características distintivas son: El Contrato es la clave: Debes presentar uno o varios contratos de trabajo que sumen, al menos, 20 horas semanales (y garanticen el Salario Mínimo Interprofesional). Sin Informe de Integración: A diferencia del antiguo sistema, no necesitas el informe de integración social del Ayuntamiento. El contrato de trabajo justifica tu integración. Tiempo: Solo requiere 2 años de permanencia continuada en España. ¿Crees que esta es tu vía? Revisa aquí el checklist detallado con todos los Requisitos y Documentación para el Arraigo Sociolaboral ¿Qué pasa con el Arraigo Social? (La vía de los vínculos o medios propios) Muchos clientes nos preguntan: “¿Ha desaparecido el Arraigo Social?”. La respuesta es no, pero su función ha cambiado. El Arraigo Social 2025 queda reservado principalmente para quienes NO tienen un contrato de trabajo en el momento de la solicitud, pero sí cuentan con medios de vida (ahorros, apoyo familiar, etc.) o vínculos familiares muy estrechos. Principales diferencias frente al Sociolaboral: Medios económicos: Debes demostrar que tienes recursos propios o de un familiar para mantenerte sin trabajar por cuenta ajena inicialmente (o presentar un proyecto de autoempleo). Informe de integración: En la mayoría de los casos, SÍ necesitarás el informe de arraigo emitido por las autoridades locales, salvo que tengas vínculos familiares directos. Tiempo: Al igual que el sociolaboral, el requisito de estancia baja a 2 años. La confusión con el Arraigo Laboral El concepto de Arraigo Laboral (que se usaba para quienes habían trabajado de forma irregular y denunciaban la relación laboral) también se ha reconfigurado. Con la Ley Orgánica 4/2000 y el nuevo reglamento, muchas situaciones que antes iban por Arraigo Laboral ahora podrían encajar mejor en la figura del Arraigo de Segunda Oportunidad o directamente en el Sociolaboral si existe una nueva oferta. Si tu intención es regularizarte basándote en una relación laboral futura, tu camino es el Sociolaboral. Si es por una relación pasada o irregular, te recomendamos consultar con un abogado especialista. Tabla Comparativa Rápida: Sociolaboral vs. Social Caracteristicas Arraigo Sociolaboral Arraigo Social Objetivo principal Trabajar por cuenta ajena (con oferta). Residir (con medios propios o autoempleo). Permanencia en España 2 Años. 2 Años. ¿Requiere Contrato? SÍ (mínimo 20h/semanales). NO (requiere medios económicos). Informe de Integración NO es necesario. SÍ (generalmente obligatorio). Permiso de Trabajo Sí, cuenta ajena. Sí (cuenta propia) o No (solo residencia). ¿Cuál elijo? La elección depende casi exclusivamente de una pregunta: ¿Tienes una oferta de trabajo válida? SÍ tengo oferta: Solicita el Arraigo Sociolaboral. Es más directo y te habilita a trabajar desde el minuto uno. NO tengo oferta (tengo medios): Tu vía es el Arraigo Social. En Elex Jurídico, revisamos tu caso al detalle. Un error en la elección de la vía o en la documentación puede retrasar tu expediente meses. ¡Contáctanos! Requisitos Comunes para todas las vías Independientemente de si eliges el nuevo arraigo social 2025 o el sociolaboral, hay requisitos de base que marca el Real Decreto 1155/2024 y que son obligatorios para la presentación de la solicitud: Certificado de Antecedentes Penales: Debes carecer de antecedentes penales en España y en tus países de residencia anterior durante los últimos 5 años. Permanencia Continuada: Debes demostrar que has estado en España los últimos 2 años. Situación Irregular: Debes encontrarte en España sin permiso de residencia. Compromiso de no retorno: No debes estar dentro del plazo de compromiso de no retorno. Tasas: Haber abonado la tasa correspondiente.

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Requisitos y Documentación Arraigo Sociolaboral 2025

Requisitos y Documentación Arraigo Sociolaboral 2025

El nuevo Arraigo Sociolaboral es una de las grandes novedades del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024). Esta figura sustituye en la práctica al antiguo “arraigo social con contrato”, eliminando burocracia y facilitando enormemente la regularización. ¿La gran ventaja? Solo necesitas acreditar 2 años de estancia en España (antes eran 3) y un contrato de trabajo más flexible. En esta guía te detallamos el checklist con todos los requisitos y la documentación exacta que debes presentar para que tu solicitud sea aprobada a la primera. Requisitos del Nuevo Arraigo Sociolaboral 2025 Para acceder a esta autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, debes cumplir dos tipos de requisitos: los personales (tuyos) y los laborales (de tu empleador). Requisitos del solicitante (extranjero) Para iniciar el trámite, debes asegurarte de cumplir con los siguientes puntos: Permanencia continuada en España: Debes demostrar que has estado en territorio español durante, al menos, 2 años inmediatamente anteriores a la solicitud. Nota importante: Las ausencias de España no pueden superar los 90 días en esos dos años. Solicitantes de Asilo: El tiempo que hayas permanecido en España como solicitante de protección internacional (asilo) o pendiente de recurso SÍ cuenta para completar estos dos años. Carecer de antecedentes penales: No debes tener antecedentes ni en España ni en tus países de residencia anteriores durante los últimos 5 años. No ser ciudadano de la UE: Ni familiar de ciudadanos de la UE a los que les aplique el régimen comunitario. No tener prohibición de entrada: No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga convenio. Compromiso de no retorno: Si firmaste un compromiso de no retorno a España, el plazo debe haber finalizado. Requisitos del empleador (empresa) No basta con tener una oferta; la empresa o empleador que te contrata también pasa un filtro: Estar al corriente de pagos: No puede tener deudas con Hacienda ni con la Seguridad Social. Solvencia económica: Debe acreditar medios económicos, materiales o personales suficientes para mantener tu contrato durante el año de vigencia. Inscripción: La empresa debe estar inscrita en la Seguridad Social y dada de alta. ¿Dudas sobre si tu empleador cumple? Consulta con nuestros Expertos en Derecho Laboral El contrato de trabajo: novedades 20 horas Este es el cambio más beneficioso de la reforma de 2025. Ya no se exige un contrato de 40 horas ni de duración indefinida estricta de un año como antiguamente. Las condiciones del contrato para Arraigo Sociolaboral son: Jornada mínima: El contrato (o la suma de varios) debe representar una jornada semanal mínima de 20 horas (en cómputo global). Salario: La retribución debe ser, como mínimo, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o el establecido en el Convenio Colectivo aplicable, proporcional a la jornada. Flexibilidad: Se permite presentar varios contratos de distintos empleadores para sumar las 20 horas. Se admiten contratos fijos-discontinuos o de naturaleza temporal, siempre que se ajusten a la ley laboral. ⚠️ ¿Tienes dudas sobre la validez de tu contrato? Aunque la nueva ley permite contratos de 20 horas, Extranjería sigue siendo muy estricta con las cláusulas y la solvencia económica de tu jefe. Un error en el redacción del contrato puede significar la denegación de tu papeles. ¡Contáctanos! Documentación Necesaria (Checklist) Antes de presentar tu solicitud, asegúrate de tener escaneados y preparados los siguientes documentos en formato PDF. La falta de uno solo puede ser motivo de inadmisión. Impreso de solicitud (Modelo EX-10): Debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Marca la casilla de “Arraigo Sociolaboral”. Copia del Pasaporte completo: Todas las páginas, incluso las que estén en blanco. El pasaporte debe tener una vigencia mínima de 4 meses. Certificado de Antecedentes Penales: Expedido por las autoridades de tu país de origen (o donde hayas vivido los últimos 5 años). Ojo: Debe estar legalizado o apostillado y, si es necesario, traducido por traductor jurado. Documentación acreditativa de la permanencia:   El Certificado de Empadronamiento histórico es la prueba principal. Si tienes lagunas en el padrón, puedes aportar pruebas oficiales como: documentos de hospitalización, consultas médicas en la Seguridad Social, o envíos de dinero con tus datos. Contrato(s) de Trabajo: Firmado por ambas partes (trabajador y empleador). Tasa Administrativa: Justificante de pago del Modelo 790 código 052, epígrafe 2.5 (“autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales”). Documentación de la empresa (si aplica): Si la empresa no autoriza la consulta de datos, deberá aportar certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social. Cómo presentar la solicitud La solicitud del Arraigo Sociolaboral se puede presentar de dos formas, aunque recomendamos encarecidamente la vía telemática para agilizar los plazos: Plataforma MERCURIO (Recomendado): Si dispones de certificado digital (o tu abogado lo tiene), se presenta online. Es más rápido y obtienes el número de expediente al instante. Oficina de Extranjería: Mediante cita previa. Ten en cuenta que las citas suelen ser escasas y difíciles de conseguir en ciudades como Madrid o Barcelona. Una vez concedida la autorización, el permiso tendrá una duración de 1 año, y te habilitará a trabajar tanto por cuenta ajena como propia. Preguntas Frecuentes sobre los Requisitos ¿Necesito el Informe de Integración Social? No. Con el nuevo Arraigo Sociolaboral, al aportar un contrato de trabajo, no es necesario presentar el informe de integración social de la Comunidad Autónoma. ¿Cuenta el tiempo de asilo para los 2 años de arraigo? Sí. Tras diversas sentencias del Tribunal Supremo y la reforma del reglamento, el tiempo de permanencia como solicitante de asilo cuenta perfectamente para acreditar los 2 años requeridos. ¿Qué pasa si mis antecedentes penales caducan durante el trámite? Lo importante es que el certificado esté vigente en el momento de presentar la solicitud. Si caduca mientras Extranjería resuelve tu expediente, no deberían denegártelo por esa causa. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento legal personalizado. Cada caso tiene particularidades únicas. Contacta con un profesional para estudiar tu situación.

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¿Cómo denunciar a tu jefe si no tienes papeles y no te paga?

¿Cómo denunciar a tu jefe si no tienes papeles y no te paga

Sabemos que estás en una situación difícil. Trabajar duro y que tu jefe no te pague es injusto, y si además te encuentras en situación irregular en España, es normal que sientas miedo de reclamar lo que es tuyo. Quizás te preguntas: “si no tengo papeles y no me quieren pagar, ¿qué hago?” o “si denuncio, ¿me pueden deportar?”. La respuesta es clara y queremos que sea lo primero que leas: Sí, puedes denunciar a tu jefe aunque no tengas papeles La ley española protege a todos los trabajadores, independientemente de su situación administrativa. Tienes derechos laborales, y el más importante es el de cobrar por tu trabajo. En esta guía, te explicamos cómo hacerlo y cómo protegerte. Lo primero: ¿Si denuncio a mi jefe me pueden deportar? Este es el miedo principal, y vamos a aclararlo de frente. Denunciar a tu empleador por una cuestión laboral (como un impago de salarios) NO inicia automáticamente una orden de expulsión. El procedimiento de denuncia laboral y el procedimiento de extranjería son distintos. La ley te protege: Protección legal: La Ley de Extranjería (artículo 36.5) es clara al establecer que la falta de un permiso de trabajo no anula la relación laboral ni tus derechos a cobrar. La denuncia te protege: De hecho, denunciar puede ser la clave no solo para cobrar lo que te deben, sino para regularizar tu situación. Riesgo del empleador, no tuyo: Quien está cometiendo una infracción grave es el empleador, no solo por el impago de salarios, sino por contratar a un trabajador sin la autorización correspondiente. Lejos de ser un riesgo, denunciar es el primer paso para defenderte y, como veremos, puede abrirte la puerta a un permiso de residencia por Arraigo Laboral. Tus derechos laborales en España (aunque estés en situación irregular) Estar “sin papeles” no significa estar sin derechos. Desde el momento en que empiezas a trabajar para alguien, la ley te reconoce como trabajador y te otorga derechos básicos e innegables: Derecho a tu salario: A cobrar el salario pactado (y si no hay pacto, al menos el Salario Mínimo Interprofesional). Derecho a una indemnización: Si te despiden de forma improcedente, tienes derecho a una indemnización, incluso si tenías un juicio por trabajo en negro pendiente. Derecho a la jornada pactada: A no hacer más horas de las legales o, si se hacen, a que se paguen como horas extra. Derecho a la seguridad: A trabajar en un entorno seguro y con las medidas de protección necesarias (integridad física). Si te han despedido y no tienes papeles, o si tu jefe no te paga y no tienes contrato, estos derechos siguen vigentes y puedes reclamarlos. Pasos para denunciar a tu empleador por impago de salarios Si has decidido reclamar, tienes dos vías principales. Ambas son más efectivas con el asesoramiento de un abogado. Opción 1: La Vía administrativa (inspección de trabajo y seguridad social) La Inspección de Trabajo es el organismo público que vigila que las empresas cumplan la ley laboral. ¿Qué es? Puedes presentar una denuncia para que un inspector vaya a tu lugar de trabajo y compruebe los hechos (que estás trabajando allí, las condiciones, el impago, etc.). ¿Es anónimo? Puedes usar el “Buzón de Lucha contra el Fraude Laboral” para informar de la situación de forma anónima. Esto no es una denuncia formal tuya, pero puede iniciar una investigación. Ventaja: Si el inspector confirma tu relación laboral y el impago, levantará un acta que te servirá como prueba fundamental. Desventaja: La Inspección sancionará a la empresa, pero no te pagará directamente el dinero que te deben. Para eso, necesitas la vía judicial. Opción 2: La vía judicial (Demanda por impago o despido) Esta es la vía para reclamar judicialmente tu dinero. ¿Qué es? Es presentar una demanda formal ante el Juzgado de lo Social. Primero, se intenta una conciliación (un acuerdo) y, si no funciona, se va a juicio. ¿Qué necesito? Aquí es imprescindible un abogado laboralista. Ventaja: El objetivo final es que un juez dicte una sentencia que obligue a tu jefe a pagarte todo lo que te debe (salarios, finiquito, indemnización…). ¿Y si no tengo contrato? No importa. Tendrás que demostrar la relación laboral por otras vías, como explicamos a continuación. ¿Tu jefe no te paga y no tienes papeles? No tengas miedo Tienes derechos y podemos ayudarte a reclamarlos. Nuestro equipo de abogados laboralistas y de extranjería estudiará tu caso para recuperar tu dinero y buscar la vía para tu residencia legal. ¡Contáctanos! El doble beneficio de denunciar: Cobrar tu dinero y conseguir tus papeles Aquí está la clave que muchos desconocen. Ganar un juicio laboral o tener un acta de la Inspección de Trabajo no solo te ayuda a cobrar, sino que puede ser tu pasaporte a la residencia legal. Hablamos del Arraigo por colaboración con las autoridades administrativas o judiciales. Si puedes demostrar que has trabajado en situación irregular al menos 6 meses en los últimos 2 años (y una sentencia judicial es la mejor prueba), puedes solicitar un permiso de residencia y trabajo por Arraigo por colaboración. Para ello es necesario un acta de infracción emitida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Por lo tanto, al demandar a tu jefe si no tienes contrato, no solo luchas por tu dinero; estás luchando por tu futuro legal en España. Es uno de los derechos de los trabajadores sin papeles en España Por qué necesitas un abogado (Laboral y de Extranjería) Como has visto, tu situación toca dos de las áreas más complejas del derecho: Laboral y Extranjería. Un Abogado Laboralista: Es esencial para redactar la demanda, calcular correctamente lo que te deben (salarios, horas extra, indemnización) y representarte en el juicio para ganar. Un Abogado de Extranjería: Es vital para protegerte. Se asegurará de que el proceso laboral se use a tu favor para el Arraigo Laboral y te defenderá ante cualquier intento de iniciar un expediente de orden de expulsión.  En Elex Jurídico, nuestro equipo cuenta con abogados expertos en ambas

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