Cuando se trata de reunir a la familia en España, existen diferentes opciones legales para obtener permisos de residencia. Los trámites de Arraigo Familiar, Reagrupación Familiar y Tarjeta Comunitaria, pueden parecer similares, pero cada uno tiene sus particularidades. En este post te explicamos en qué consisten, a quiénes aplican y cuál deberías elegir si deseas reagrupar a un familiar, además de los cambios que traerá la nueva reforma de la Ley de Extranjería 2024 en estos trámites. Arraigo familiar en España El Arraigo Familiar es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Está pensado para familiares directos de ciudadanos españoles, permite residir y trabajar en España durante cinco años, renovable. ¿Quién puede solicitar Arraigo familiar? Cónyuge o pareja registrada de un ciudadano español. Hijos menores de 21 años o mayores que dependan del ciudadano español. Ascendientes mayores de 65 años que dependan del ciudadano español. Ventajas del Arraigo Familiar No requiere de un visado previo. Tiene una duración de 5 años y permite trabajar en España. No es necesario que el solicitante haya residido de manera regular en el país anteriormente, pero el familiar debe estar ya en España para poder solicitarlo. Proceso de Reagrupación Familiar en España La Reagrupación Familiar es un proceso dirigido a residentes legales en España que quieren traer a sus familiares que aún viven en el extranjero. Este trámite se usa cuando el reagrupante ya cuenta con un permiso de residencia en España y quiere que su familia viva con él. Es importante que el reagrupante acredite los medios económicos y vivienda suficiente para la familia. ¿Quién puede solicitar la reagrupación familiar? Cónyuge o pareja registrada. Hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad. Ascendientes en primer grado que dependan económicamente del reagrupante. Ventajas de la reagrupación familiar Permite traer a familiares que aún se encuentran en su país de origen. Es aplicable a residentes legales que no son ciudadanos españoles. Tarjeta Comunitaria en España La Tarjeta Comunitaria es el permiso de residencia que se concede a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea (UE), incluidos los españoles. Este tipo de autorización permite residir y trabajar en España durante cinco años, con la opción de renovar. Este permiso es aplicable tanto para familiares ya residentes en España como para los que vienen desde el extranjero, pero debes tener en cuenta que hay que acreditar medios económicos y seguro médico. ¿Quién puede solicitar la tarjeta comunitaria? Cónyuge o pareja registrada de un ciudadano comunitario.Hijos menores de 21 años o mayores que dependan del ciudadano comunitario. Ascendientes que dependan del ciudadano comunitario. Ventajas de la tarjeta comunitaria Tiene una duración de 5 años y permite trabajar en España. Está disponible tanto para familiares directos como para familia extensa, siempre que se acredite la dependencia o convivencia. ¿Necesitas asesoramiento legal? Contamos con un equipo de abogados especializados en extranjería que puede ayudarte. Empieza Ahora ¿Qué permiso de residencia elegir para reagrupar a tu familiar? La elección del trámite adecuado dependerá de tu situación personal y del familiar que quieras reagrupar. A continuación te dejamos algunas recomendaciones, pero recuerda que si quieres asegurarte de que eliges adecuadamente, es mejor recurrir a un profesional que te aconseje. Si eres ciudadano español y tu familiar ya está en España, el Arraigo Familiar puede ser la mejor opción, ya que no necesitas tramitar visados y el proceso es más rápido. Si tu familiar está fuera de España y tú eres residente legal (no ciudadano español), la opción adecuada es la Reagrupación Familiar, que permite traer a tus familiares desde su país de origen. Si eres ciudadano de la UE o español y quieres traer a tus familiares, la Tarjeta Comunitaria es ideal, ya que cubre un mayor rango de familiares, tanto directos como extensos, y es una residencia de larga duración. Cambios en la Reagrupación Familiar con la Reforma de la Ley de Extranjería 2024 Se prevé que la reforma de la Ley de Extranjería de 2024 entre en vigor a finales de octubre o principios de noviembre, lo que provocará algunas modificaciones importantes que afectarán a estos trámites: Mayor control sobre la dependencia económica y la convivencia con el ciudadano español. Será más difícil demostrar ciertos vínculos si no se cuenta con documentación muy específica. Se endurecen las exigencias económicas para reagrupantes con familiares en situaciones más complejas (por ejemplo, adultos con discapacidades o necesidades especiales). Esto podría suponer un obstáculo para quienes no cumplan con los nuevos umbrales de ingresos o condiciones de vivienda. Reagrupación Familiar de padres. Ahora, solo se podrá reagrupar a los padres si tienen 80 años o si son menores de esa edad, pero están económicamente a cargo. La renovación de permisos de residencia podría volverse más compleja, exigiendo más documentación sobre medios de vida y estabilidad económica. Habrá más vigilancia sobre la entrada y estancia de los familiares que ingresan mediante la reagrupación o Arraigo Familiar. Con la nueva reforma de la Ley de Extranjería 2024, la reagrupación familiar también podrá solicitarse en España. Esto significa que, si el familiar ya se encuentra en el territorio español, el residente legal puede iniciar el trámite de reagrupación para traer a sus familiares que están en el extranjero, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos por la ley. Si necesitas ayuda con un trámite de extranjería, contacta con nuestro equipo de profesionales. 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