El panorama de la extranjería en España vive una transformación clave con la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024. Esta nueva normativa introduce una figura muy esperada: el nuevo arraigo sociolaboral. Si llevas un tiempo en España y has encontrado una oferta de empleo, esta puede ser tu gran oportunidad. El arraigo sociolaboral es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales diseñada para personas extranjeras que ya se encuentran en España. ¿La gran noticia? Esta figura, que entra en vigor el 20 de mayo de 2025, sustituye en la práctica al antiguo “arraigo social con contrato”, pero con condiciones mucho más ventajosas. Las dos ventajas principales son revolucionarias: Reduce el tiempo de estancia: Solo necesitarás demostrar 2 años de permanencia en España (en lugar de los 3 del arraigo social). Flexibiliza el contrato: Bastará con una oferta de empleo de 20 horas semanales. En esta guía completa, nuestros abogados expertos te explican qué es, cuáles son sus requisitos exactos y cómo puedes solicitarlo con éxito. ¿Qué es exactamente el arraigo Sociolaboral y quién puede solicitarlo? En términos legales, el arraigo sociolaboral es una vía para regularizar tu situación en España si has permanecido en el país y cuentas con una oferta de trabajo. El perfil del solicitante es claro: es aquella persona extranjera que, aunque quizás entró como turista o su permiso anterior caducó, ha generado vínculos en el país y ahora una empresa desea contratarla. La normativa que lo regula se encuentra en el mencionado RD 1155/2024 y en las Instrucciones SEM 1/2025 (de la Secretaría de Estado de Migraciones), publicadas en el BOE. Estas instrucciones aclaran los detalles de aplicación. Al obtener el arraigo sociolaboral, se te concede una autorización de residencia temporal inicial por un periodo de un año. Esta autorización es renovable y, tras la primera renovación, te permite obtener una residencia de 4 años que te habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia. https://youtu.be/pjJflbRJeA0 Requisitos clave del arraigo Sociolaboral 2025 Para que tu solicitud sea aprobada, es fundamental cumplir meticulosamente con todos los requisitos. A diferencia de otras figuras, el arraigo sociolaboral simplifica los trámites, pero exige precisión. 1. Permanencia continuada en España (Los 2 Años) Este es el pilar de la solicitud. Debes demostrar que has permanecido en España durante un mínimo de dos años de forma continua e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. ¿Qué significa “en forma continua”? La ley te permite ausencias esporádicas. No podrás solicitarlo si has estado fuera de España más de 90 días en total durante esos dos años. ¿Cómo se prueba? El empadronamiento es la prueba principal, pero no la única. Se pueden usar informes médicos, facturas, abonos de transporte, envíos de dinero o cualquier documento que acredite tu presencia en territorio nacional. 2. El contrato de trabajo (Las 20 Horcas) El segundo pilar es la oferta de empleo. Esta debe cumplir tres condiciones: Duración: El contrato debe ser de, al menos, 20 horas semanales. Salario: El sueldo debe ser igual o superior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual, o el establecido por el convenio colectivo aplicable. Varios Contratos: ¡Sí, se puede! La ley permite presentar varios contratos de diferentes empleadores, siempre que la suma de las jornadas alcance, como mínimo, esas 20 horas semanales. El empleador, por su parte, también debe estar al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social y demostrar solvencia económica para hacer frente al contrato. 3. Carencia de antecedentes penales Como en la mayoría de trámites de extranjería, es vital demostrar buena conducta cívica. Necesitarás el certificado de antecedentes penales tanto de España como de los países donde hayas residido durante los últimos cinco años anteriores a tu entrada en España. Estos documentos deben estar debidamente legalizados y traducidos. En caso de que sólo hayas vivido en España durante los 5 años anteriores no tendrás que aportar ningún certificado de antecedentes penales. 4. Otros requisitos administrativos Finalmente, debes asegurarte de: No figurar como rechazable: No puedes tener una prohibición de entrada en vigor en España ni en los países del espacio Schengen. No tener compromiso de no retorno: No debes estar dentro del plazo de compromiso de no retorno si te acogiste a un programa de retorno voluntario. Abonar la tasa: Deberás pagar la tasa de tramitación correspondiente (modelo 790, código 052). Estos son los criterios generales, pero para que te aprueben el trámite es vital presentar los papeles correctos y en el formato exigido. 📄 ¿Quieres preparar tu expediente hoy mismo? Consulta nuestro Checklist: Requisitos y Documentación del Arraigo Sociolaboral donde te detallamos la lista oficial de documentos (Pasaporte, Penales, Tasa 790, etc.) paso a paso. Cómo Elex Jurídico puede ayudarte a conseguir tu Arraigo Sociolaboral En Elex Jurídico somos abogados expertos en Extranjería y estamos especializados en la nueva reforma. Estudiamos tu caso sin compromiso. Revisamos que tu contrato y la solvencia del empleador cumplan los requisitos. Preparamos y presentamos tu expediente de forma telemática para una máxima agilidad. Respondemos a cualquier requerimiento de la administración. No dejes tu futuro al azar. Asegura tu residencia con expertos. Empieza Ahora Ventajas: ¿Por qué es mejor que el antiguo arraigo Social? Finalmente, debes asegurarte de: No figurar como rechazable: No puedes tener una prohibición de entrada en vigor en España ni en los países del espacio Schengen. No tener compromiso de no retorno: No debes estar dentro del plazo de compromiso de no retorno si te acogiste a un programa de retorno voluntario. Abonar la tasa: Deberás pagar la tasa de tramitación correspondiente (modelo 790, código 052). Diferencias clave: Arraigo Sociolaboral vs. Arraigo Social vs. Arraigo Laboral Es normal confundirse. Con la nueva reforma, el mapa de los arraigos queda así. Te lo explicamos de forma sencilla: Arraigo Sociolaboral (El Nuevo): Clave: Tienes 2 años de estancia + una oferta de contrato de 20h. Ideal para: Quien lleva 2 años en España y ha encontrado un empleo. Arraigo Social (Sigue existiendo): Clave: Tienes 3 años de estancia + un informe de integración.